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Normativa busca liberar un porcentaje de depósito requerido para ayudar a medianas empresas en período de crisis.

La Comisión de Minería y Energía del Senado comenzó a estudiar el proyecto de ley que establece un beneficio excepcional y transitorio respecto a la obligación de garantizar el cierre de una faena de conformidad a la Ley N° 20.551, que regula el cierre de faenas e instalaciones mineras.
La nueva normativa busca materializar una medida excepcional y transitoria, que permita dar alivio a las empresas mineras correspondientes al segmento de la mediana minería, “permitiéndoles sobrellevar de mejor manera la crisis que aqueja a nuestro país y el mundo”.
Ello, se logra a través de la liberación de un porcentaje de la garantía de cumplimiento que deben otorgar las empresas mineras para cumplir con su obligación de cierre, permitiéndoles liberar parte de la capacidad de sus líneas de crédito que mantienen con los bancos, logrando dar continuidad a sus operaciones.
Así se establecen porcentajes de liberación de garantías que van entre el 12%, para aquellas faenas cuya vida útil sea igual o superior a 2 años y hasta un 70% para aquellas faenas cuya vida útil sea igual o superior a 21 años.
Los legisladores escucharon al ministro de Minería, Baldo Prokurica, además del director nacional del Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), Alfonso Domeyko, y el vicepresidente de la Sociedad de Minería (Sonami), quienes manifestaron las bondades de esta iniciativa en primer trámite que cuenta con suma urgencia.

CONTEXTO
El sentido de la norma fue explicado por Prokurica, quien comentó que “debido a la crisis que ha generado el Covid-19 se han visto perjudicados los precios del cobre y otros minerales, así vemos que los medianos mineros -que representan a 118 faenas en el país- no tienen liquidez, han visto copados sus créditos bancarios”.
“La propuesta busca permitir liberar porcentualmente, las garantías de este segmento conforme de la vida útil remanente de la faena que desarrollan. Por 18 meses estos mineros podrán ver liberada esa carga financiera y establecemos que sea el Sernageomin, quien se haga cargo de este proceso”, precisó el ministro Prokurica.
En lo técnico se estableció una tabla, de esta forma la liberación de garantías van entre el 12%, para aquellas faenas cuya vida útil sea igual o superior a 2 años, y hasta un 70% para aquellas faenas , con una vida útil sea igual o superior a 21 años.
Las compañías que tienen un plan de cierre de menos de dos años no podrán acceder a este mecanismo dado el alto riesgo como tampoco aquellas que tienen ejecución material pendiente.
El director nacional de Sernageomin, Alfonso Domeyko, reconoció que “con la crisis un 50% de loos trabajadores de faenas de la mediana minería han sido desvinculados. Los montos de las garantías a la fecha alcanza los 10 millones de UF. Si todas las faenas se acogen a la ley, estamos hablando de 3 millones de UF, monto que será reducido de las garantías”.