Este proyecto legal creó un permiso especial para quienes hicieron uso del postnatal parental y que podrá extenderse hasta por 90 días.
Una licencia preventiva parental que beneficiará a madres, padres y cuidadores de niños en edad preescolar, dentro de la crisis sanitaria por la pandemia, creó La Ley de Crianza Protegida, promulgada hace unos días por el Presidente Sebastián Piñera.
La licencia preventiva Covid-19 , con cargo a las isapres o Fonasa, podrá ser solicitada por el beneficiario del permiso de postnatal parental por un plazo de 30 días, prorrogables por dos veces por períodos continuos hasta completar tres meses, siempre que se encuentre vigente el estado de excepción constitucional.
Asimismo, la normativa establece que las madres, padres o cuidadores de niños nacidos desde 2013 en adelante, podrán acogerse de manera voluntaria y unilateral a la suspensión de su contrato de trabajo por motivos de cuidado y a percibir los beneficios de la Ley de Protección al Empleo. Esto mientras el establecimiento educacional del o los niños o niñas no se encuentren funcionando por acto o declaración de autoridad por motivo del Covid-19.
Las trabajadoras y trabajadores de casa particular tendrán derecho a solicitar la licencia preventiva Covid-19 siempre que hayan hecho uso del permiso postnatal parental o pedir la suspensión unilateral de su relación laboral por motivos de cuidado y acogerse a las prestaciones de la Ley de Protección al Empleo siempre que tengan acceso a las prestaciones contempladas en el artículo 4° de la ley N° 21.227.
El trabajador mantiene su fuero por el periodo de extensión del postnatal y empezará a regir inmediatamente después de terminado el período del fuero anterior.
INGRESO DE EMERGENCIA
El seremi del Trabajo y Previsión Social de Antofagasta, Álvaro Le-Blanc, destacó que “es una ley que fomenta la corresponsabilidad, ya que podrán acceder a esta nueva licencia, padres y madres que hayan hecho uso del permiso postnatal parental”.
También precisó que “esta normativa respeta la libre elección de los trabajadores, ya que tanto la licencia como la suspensión por cuidado, son medidas voluntarias a las que el empleador no puede negarse”.
El monto del subsidio asociado a la licencia Covid-19 será equivalente al del subsidio que haya tenido por causa el permiso postnatal parental y será pagada por la isapre a la que esté afiliado el trabajador (a) o Fonasa, según corresponda.
En el caso de quienes se acojan a la suspensión de su contrato de trabajo por motivos de cuidado, sus montos estarán directamente asociados a lo establecido en la Ley de Protección al Empleo. Las prestaciones de que trata la presente ley serán compatibles con el Ingreso Familiar de Emergencia, así como también con otros beneficios económicos.